Hoteles
La AEHGB pretendía que se incluya a los 213 establecimientos asociados. Además, los 8 beneficiados deberán pagar $2 millones cada uno, hasta tanto no "llegue" a Bariloche la inconstitucionalidad de la tasa dispuesta por la Suprema Corte de Justicia. El municipio seguirá cobrando y en lugar de hacer una nueva sentencia el STJ pretende que derogue la ordenanza.
20 de agosto de 2024
Nuevo disparate judicial de la rica historia de 7 años de la Ecotasa: el juzgado Contencioso Administrativo de Bariloche, a cargo de Iván Sosa Lukman, hizo lugar a la cautelar pedida por la Asociación Empresaria Hotelera Gastronómica de Bariloche (AEHGB), y exceptuó del pago de la tasa a los ocho hoteles firmantes de ese recurso, basado en la declaración de inconstitucionalidad del tributo declarada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. No a los 213 afiliados que la AEHGB demandaba.
La sentencia de la CSJ fue lapidaria contra la Ecotasa y le ordenó al Superior Tribunal de Justicia de Río Negro que resuelva en consecuencia, o sea, que emita un fallo contrario al que ya expresó convalidando la Ecotasa. Pero el STJ se toma su tiempo y opera en las sombras para que la Municipalidad de Bariloche derogue la ordenanza, así no tendrá que fallar en contra de su propia sentencia.
Mientras tanto, el municipio no solo no da de baja la ordenanza, sino que sigue obligando a los hoteles a recaudarla a los pasajeros, y a rendirla como corresponde, bajo amenaza de graves sanciones, como contempla la normativa municipal impuesta por el ex intendente Gustavo Gennuso hace 7 años. Además, por las dudas, el intendente Wálter Cortés anunció que mientras no llega la notificación prepara una tasa similar que pase por el tamiz de constitucionalidad de la CSJN.
Los establecimientos incluidos en esta cautelar deberán pagar $2 millones cada uno en concepto de "contra cautelar", que le serán retribuidos si el STJ se decide a aplicar el fallo de la CSJ o la Municipalidad deroga la Ecotasa.
Este beneficio parcial se extenderá "mientras se tramite el proceso principal y hasta tanto recaiga sentencia definitiva" y le indica a la Municipalidad que "se abstenga de requerir el cobro compulsivo de la tasa a los actores, como así de imponerles sanciones".
"Esta resolución es paralela a la acción de inconstitucionalidad que se inició en contra de la Ordenanza de la Ecotasa", explicaron fuentes judiciales, precisando que solo alcanza a las ocho empresas debido a que la AEHGB no fue legitimada por el juez como representante de todo el sector.
Fuente: Bariloche 2000